NEWS 08/Mayo/2013 Nuevas Guías sobre el CLOUD y COOKIES de la AEPD
El pasado 26 de abril de 2013, tuvo lugar en Madrid, la 5ª Sesión Anual Abierta de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos). Sobre esta sesión ya publicamos un post en el que comentamos un resumen con el contenido, alcance e impresiones sobre la misma.
Hoy queremos recordar que en dicha sesión se presentaron dos guías (de las que os dejamos su enlaces correspondientes)con directrices sobre el Cloud Computing, enfocadas tanto a los clientes que contraten servicios en la nube Guía para clientes que contraten servicios de Cloud Computing, como a los proveedores que los prestan Orientaciones para prestadores de servicios de Cloud Computing.
Reproducimos por su interés, parte de la Nota emitida por la AEPD de la 5ª sesión anual (nota completa en este enlace):
En el primer bloque de la jornada el adjunto al director de la AEPD, Jesús Rubí, ha presentado la Guía para clientes que contraten servicios de cloud computing, un documento práctico que pretende facilitar el cumplimiento de la normativa de protección de datos en la contratación de servicios en la nube. El documento, dirigido a pymes, microempresas, profesionales y administraciones públicas, analiza, entre otros aspectos, las diferentes modalidades de servicios en la nube, los riesgos, las obligaciones de las partes y la legislación aplicable. En paralelo, la AEPD también ha elaborado una publicación llamada Orientaciones para los prestadores de servicios de cloud computing, que hace hincapié en las garantías que deben cumplir las empresas que ofrecen estos servicios.
Ese día 26 se anunció la publicación de la primera guía en Europa sobre el uso de cookies elaborada junto a los representantes de la industria, que el día 29 la AEPD presentó junto a dichos representantes.
Reproducimos por su interés, parte de la Nota emitida por la AEPD (nota completa en este enlace):
El director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez, ha destacado que, con esta Guía, se da un gran paso adelante para conciliar el uso de las cookies con la protección de la privacidad de los ciudadanos. “Se establecen reglas claras para garantizar que los usuarios puedan decidir si consienten o no la instalación de cookies en sus terminales, contando con una información clara y completa sobre qué datos se recopilan, quiénes los van a tratar y a qué fines se destinan. Al mismo tiempo, se proporcionan a las empresas y a los responsables de páginas web en general unas directrices y orientaciones prácticas que les facilitará el cumplimiento de las obligaciones legales con mayor seguridad jurídica y el grado de flexibilidad necesario para posibilitar el desarrollo de la economía digital”.
La guía ofrece diversas opciones para cumplir con las dos obligaciones legales fundamentales impuestas por la normativa: el deber de información al usuario y la obtención del consentimiento por parte de este. En cuanto a la información que debe facilitarse, el apartado segundo del artículo 22 de la LSSI establece que se debe facilitar a los usuarios información “clara y completa” sobre las cookies. La Guía especifica un sistema de información por capas que consiste en mostrar la información esencial en una primera capa, cuando se accede a la página o aplicación, y completarla en una segunda capa mediante una página en la que se ofrezca información adicional sobre las cookies.
La Guía también recoge cuestiones relacionadas con la accesibilidad y visibilidad de esa información. Aunque no se ofrecen indicaciones rígidas de dónde debe ser colocada, sí se especifica que el enlace debe estar situado en zonas que capten la atención de los usuarios.
Además de ese nivel de información, para la instalación y utilización de cookies será necesario obtener el consentimiento del usuario, de forma que este pueda considerarse un consentimiento informado.
Por último, el documento también recoge el derecho de los usuarios a recibir información sobre la forma de desactivar o eliminar las cookies, así como la forma de revocar un consentimiento prestado con anterioridad.
Dadas las múltiples complejidades que plantea el uso de las cookies, las orientaciones recogidas en el documento conjunto no pretenden ofrecer una solución general y uniforme para el cumplimiento de la Ley sino que servir de guía para que las entidades afectadas reflexionen y adopten decisiones sobre la solución más adecuada a sus intereses y modelo de negocio. La AEPD recomienda a las entidades implicadas en la utilización de cookies llevar a cabo una revisión de las que se utilizan, bien internamente, bien con el asesoramiento de asociaciones o entidades especializadas. Las entidades podrán conocer así qué cookies se utilizan y para qué finalidad, descartando así las innecesarias.